Autorización para la prestación de servicios externos de Salud en el Trabajo

La Ley n. º 3/2014, del 28 de enero, que procede de la segunda enmienda a la Ley nº 102/2009, del 10 de septiembre, sobre el régimen jurídico de la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, establece que las entidades que deseen realizar actividades de prestación de servicios externos, ya sea de seguridad o de salud en el trabajo, tengan que requerir a la administración pública la respectiva autorización. Esta puede ser concedida para una o para las dos áreas de seguridad y de salud. Cabe a la DGS – Dirección General de la Salud considerar y conceder la autorización en el caso de ejercicio de actividad del dominio de la salud en el trabajo.

La autorización de los referidos servicios externos de salud en el trabajo, otorgada por el Director General de Salud requiere el previo análisis procesal y la realización de la inspección a la entidad solicitante después del pago de las tasas previstas en la ley.

La decisión de autorización de SIPRP fue concedida el 3 de mayo de 2011, por orden del Director General de Salud, bajo el n. º 063/2011, que cubre la actividad en el sector industrial, en el sector comercio y servicios y las siguientes actividades de alto riesgo:

  • Trabajos en obras de construcción, excavación, movimiento de tierras, túneles, con riesgo de caídas en altura o de soterramiento, demoliciones e intervenciones en vías de ferrocarril y carreteras sin interrupción de tráfico;
  • Actividades relacionadas con el uso y almacenamiento de cantidades considerables de productos químicos peligrosos que puedan provocar accidentes graves;
  • Actividades que impliquen la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción;
  • Actividades relacionadas con la exposición a agentes biológicos del grupo 3 y 4;
  • Trabajos que  impliquen riesgo de sílice.

A finales de 2013, SIPRP solicitó la inclusión de una nueva actividad de alto riesgo, la cual fue concedida por el Director General de Salud, bajo el nº 388/2013:

  • Actividades que impliquen contactos con corrientes eléctricas de media y alta tensión.


 


 

Autorización para la prestación de servicios ajenos de Seguridad en el Trabajo


ACT

La Ley n. º 3/2014, del 28 de enero, que procede de la segunda enmienda a la Ley nº 102/2009, del 10 de septiembre, sobre el régimen jurídico de la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, establece que las entidades que deseen realizar actividades de prestación de servicios ajenos, ya sea de seguridad o de salud en el trabajo, tengan que requerir a la administración pública la respectiva autorización. Esta puede ser concedida para una o para las dos áreas de seguridad y de salud. Cabe a la ACT – Autoridad para las Condiciones de Trabajo considerar y conceder la autorización en el caso de ejercicio de actividad del dominio de la seguridad  en el trabajo.

La autorización de los referidos servicios ajenos de seguridad en el trabajo, otorgada por el Inspector General de  Trabajo requiere el previo análisis procesal y la realización de la inspección a la entidad solicitante después del pago de las tasas previstas en la ley.

La decisión de autorización de SIPRP fue concedida el 1 de marzo de 2011, por orden del Inspector General de Trabajo, bajo el n. º 330210211, que cubre la actividad en el sector industrial, en el sector comercio y servicios y las siguientes actividades de alto riesgo:

  • Trabajos en obras de construcción, excavación, movimiento de tierras, túneles, con riesgo de caídas en altura o de soterramiento, demoliciones e intervenciones en vías de ferrocarril y carreteras sin interrupción de tráfico;
  • Actividades relacionadas con el uso y almacenamiento de cantidades considerables de productos químicos peligrosos que puedan provocar accidentes graves;
  • Actividades que impliquen la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción;
  • Actividades relacionadas con la exposición a agentes biológicos del grupo 3 y 4;
  • Trabajos que  impliquen riesgo de sílice.

A finales de 2014, SIPRP solicitó la inclusión de dos nuevas actividades de alto riesgo, las cuales fueron concedidas por el Inspector General de Trabajo, bajo el nº 68.14.2.11.14:

  • Actividades que impliquen contactos con corrientes eléctricas de media y alta tensión;
  • Producción y transporte de gases comprimidos, licuados o disueltos, o la utilización significativa de los mismos.

 


 

Entidad de formación certificada por ACT - Autoridade para as Condições do Trabalho

SIPRP es una entidad de formación certificada por ACT - Autoridade para as Condições do Trabalho (Autoridad para las Condiciones de Trabajo) para la realización de Cursos de Formación para Representantes de los Empresarios, Empresarios o Trabajadores Designados para la realización de actividades de Seguridad en el Trabajo, en el ámbito de lo dispuesto en el nº 2, apartado b) del artículo 77 de la Ley nº 3/2014, de 28 de enero, por la que se modifica y reedita la Ley nº 102/2009, de 10 de septiembre.

Esta certificación es válida tanto para formaciones presenciales como para las de e-learning.

 


 

Entidad de formación certificada por la DGERT (Direção Geral do Emprego e das Relações do Trabalho)

Empresa de formación certificada para las áreas 861 (Protección de Personas y Bienes) y 862 (Seguridad e Higiene en el Trabajo), tanto presencial como e-learning. La DGERT es un organismo con competencia específica para gestionar el Sistema de Certificación de Organizaciones de Formación a través de la Dirección de Servicios de Calidad y Acreditación (DSQA) y certifica las prácticas de formación.

Evalúa las prácticas pedagógicas de las empresas que imparten formación (documentación básica, manuales de procedimientos de formación, planificación y ejecución de la formación, proceso de evaluación, contratos y reglamentos de formación, instalaciones, competencias técnicas y pedagógicas de los formadores, entre otros documentos).

Esta certificación reconoce la calidad en el mercado e implica una mayor responsabilidad para todos los formadores de SIPRP.

 


 

Registro en ERS (Entidade Reguladora da Saúde)

Registro en ERS - Entidade Reguladora da Saúde como proveedor de servicios sanitarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden Ministerial nº 38/2006, de 6 de enero, con el nº E115584.

 

 


PYME Excelencia

El Estatuto PYME Excelencia fue creado por IAPMEI (Agencia para la Competitividad e Innovación) con el objetivo de señalar, a través de un instrumento de reputación, el mérito de pequeñas y medianas empresas con perfiles de rendimiento superiores, y cuenta con la colaboración de Turismo de Portugal, I.P. y de los principales bancos que operan en el mercado.

El Estatuto PYME Excelencia es parte de un programa de cualificación de empresas de IAPMEI, que tiene como objetivo dar notoriedad y optimizar las condiciones de financiación y de refuerzo competitivo al segmento de las PYME Líder, empresas con perfiles de alto riesgo, que por sus estrategias de crecimiento son importantes motores de desarrollo económico del país. 

Asociadas al estatuto hay condiciones de mayor facilidad al acceso al crédito, mejores condiciones de financiación y de adquisición de productos o servicios, facilidad en la relación con la banca y la administración pública, y un certificado de calidad en su relación con el mercado.

La selección de las PYME Excelencia se realiza anualmente a partir del universo de las PYME Líder, creando una herramienta de mayor visibilidad para el grupo de empresas que cada año se destaca por los mejores resultados.

El Estatuto PYME Excelencia fue otorgado a SIPRP en 2012 y 2022.

 


 

PYME Líder

El Estatuto PYME Líder es un sello de reputación de empresas, creado por IAPMEI para distinguir el mérito de las PYME nacionales con un rendimiento superior, y es asignado en colaboración con Turismo de Portugal y el conjunto de Bancos Asociados, basado en las mejores calificaciones de rating e indicadores económicos financieros.

El Estatuto tiene asociado un conjunto de beneficios, como el acceso en mejores condiciones a productos financieros y a una red de servicios, la facilitación en la relación con la banca y un certificado de calidad para las empresas en su relación con el mercado.

Impulsar la eficiencia del proceso de intermediación bancaria y potenciar la expansión del mercado de capitales a empresas de mediano tamaño forman parte de los objetivos de este programa.

El Estatuto PYME Líder fue otorgado a SIPRP en  2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2021, 2022 y 2024.

 


 

GRACE - Grupo de Reflexión y Apoyo a la Ciudadanía Empresarial

 

Fundado en febrero de 2000 por un grupo de empresas interesadas en reforzar  el papel del sector empresarial en el desarrollo social, GRACE es una asociación pionera, sin ánimo de lucro  y dedicada exclusivamente a la promoción de la Responsabilidad Social Corporativa. Grace reúne a más de 100 empresas, de todos los tamaños y sectores de actividad, comprometidas en ahondar el papel de las empresas en el desarrollo social de las personas y de las organizaciones, compartiendo la misión asumida hace mucho: reflexionar, promover y desarrollar la responsabilidad social corporativa en Portugal.

SIPRP está asociada a GRACE desde diciembre de 2011.

 


 

Cámara de Comercio e Industria Luso-Española

La Cámara de Comercio e Industria Luso-Española fue fundada en 1970 en Lisboa, y es una organización privada sin ánimo de lucro.

A través de sus numerosas actividades contribuye a la promoción de los intercambios comerciales y económicos entre Portugal y España.

Actualmente esta Cámara cuenta con cerca de 800 empresas asociadas, entre las cuales se encuentran las principales empresas españolas arraigadas en este mercado y un gran número de empresas portuguesas que mantienen relaciones de intercambio comercial con España.

SIPRP está asociada a la CCILE desde 2004 bajo el n.º 2.631.

 


 

APSEI - Associação Portuguesa de Segurança

APSEI es el interlocutor institucional de las empresas de Seguridad Electrónica, Seguridad en el Trabajo y Protección contra Incendios en Portugal.

La intervención de APSEI en el mercado se ha hecho bajo la protección de los intereses legítimos de las empresas y de los profesionales de Seguridad, principalmente a través del diálogo permanente con los órganos de Poder e Instituciones públicas. 

Desde la búsqueda de las mejores soluciones para los problemas del sector, pasando por la escucha de la opinión y de los problemas específicos de los empresarios y técnicos, y terminando en múltiples servicios exclusivos, APSEI ofrece un importante valor a sus Asociados.

SIPRP es socio de APSEI desde finales de 2014, bajo el n.º 362. Integra también el NAST - Núcleo Autónomo para la Seguridad en el Trabajo.

 


 

Miembro de la CT 042 - Seguridad y Salud en el Trabajo del IPQ - Instituto Português da Qualidade  

SIPRP es una de las organizaciones representadas en el TC 042 - Seguridad y Salud en el Trabajo, coordinado por APSEI - Associação Portuguesa de Segurança. Los Comités Técnicos de Normalización (CT) son órganos técnicos que tienen por objeto la elaboración de documentos normativos y la emisión de dictámenes normativos.

El ámbito de actuación del CT 042 es la elaboración de Normas Portuguesas, establecimiento de especificaciones y métodos de ensayo en las siguientes áreas: equipos de protección individual, excluyendo ropa de protección, calzado de protección, equipos de protección para trabajos en altura y compatibilidad de equipos de protección individual; exposición profesional a agentes en el lugar de trabajo; principios ergonómicos; sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

 


 

Carta Portuguesa para la Diversidad 

SIPRP es una organización pionera que se ha adherido a la Carta Portuguesa para la Diversidad, una iniciativa de la Unión Europea y uno de los instrumentos voluntarios creados con el objetivo de animar a los empresarios a aplicar y desarrollar políticas y prácticas internas para promover la diversidad.

 


 

Sello de Igualdad Salarial 2024

CITE - Comissão para a Igualdade no Trabalho e no Emprego ha concedido a SIPRP el «Sello de Igualdad Salarial 2024» por sus buenas prácticas en la promoción de la igualdad salarial entre mujeres y hombres por un trabajo igual o de igual valor.