Autorización para la prestación de servicios externos de Salud en el Trabajo

La Ley n. º 3/2014, del 28 de enero, que procede de la segunda enmienda a la Ley nº 102/2009, del 10 de septiembre, sobre el régimen jurídico de la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, establece que las entidades que deseen realizar actividades de prestación de servicios externos, ya sea de seguridad o de salud en el trabajo, tengan que requerir a la administración pública la respectiva autorización. Esta puede ser concedida para una o para las dos áreas de seguridad y de salud. Cabe a la DGS – Dirección General de la Salud considerar y conceder la autorización en el caso de ejercicio de actividad del dominio de la salud en el trabajo.

La autorización de los referidos servicios externos de salud en el trabajo, otorgada por el Director General de Salud requiere el previo análisis procesal y la realización de la inspección a la entidad solicitante después del pago de las tasas previstas en la ley.

La decisión de autorización de SIPRP fue concedida el 3 de mayo de 2011, por orden del Director General de Salud, bajo el n. º 063/2011, que cubre la actividad en el sector industrial, en el sector comercio y servicios y las siguientes actividades de alto riesgo:

  • Trabajos en obras de construcción, excavación, movimiento de tierras, túneles, con riesgo de caídas en altura o de soterramiento, demoliciones e intervenciones en vías de ferrocarril y carreteras sin interrupción de tráfico;
  • Actividades relacionadas con el uso y almacenamiento de cantidades considerables de productos químicos peligrosos que puedan provocar accidentes graves;
  • Actividades que impliquen la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción;
  • Actividades relacionadas con la exposición a agentes biológicos del grupo 3 y 4;
  • Trabajos que  impliquen riesgo de sílice.

A finales de 2013, SIPRP solicitó la inclusión de una nueva actividad de alto riesgo, la cual fue concedida por el Director General de Salud, bajo el nº 388/2013:

  • Actividades que impliquen contactos con corrientes eléctricas de media y alta tensión.


 


 

Autorización para la prestación de servicios externos de Seguridad en el Trabajo


ACT

La Ley n. º 3/2014, del 28 de enero, que procede de la segunda enmienda a la Ley nº 102/2009, del 10 de septiembre, sobre el régimen jurídico de la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, establece que las entidades que deseen realizar actividades de prestación de servicios externos, ya sea de seguridad o de salud en el trabajo, tengan que requerir a la administración pública la respectiva autorización. Esta puede ser concedida para una o para las dos áreas de seguridad y de salud. Cabe a la ACT – Autoridad para las Condiciones de Trabajo considerar y conceder la autorización en el caso de ejercicio de actividad del dominio de la seguridad  en el trabajo.

La autorización de los referidos servicios externos de seguridad en el trabajo, otorgada por el Inspector General de  Trabajo requiere el previo análisis procesal y la realización de la inspección a la entidad solicitante después del pago de las tasas previstas en la ley.

La decisión de autorización de SIPRP fue concedida el 1 de marzo de 2011, por orden del Inspector General de Trabajo, bajo el n. º 330210211, que cubre la actividad en el sector industrial, en el sector comercio y servicios y las siguientes actividades de alto riesgo:

  • Trabajos en obras de construcción, excavación, movimiento de tierras, túneles, con riesgo de caídas en altura o de soterramiento, demoliciones e intervenciones en vías de ferrocarril y carreteras sin interrupción de tráfico;
  • Actividades relacionadas con el uso y almacenamiento de cantidades considerables de productos químicos peligrosos que puedan provocar accidentes graves;
  • Actividades que impliquen la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción;
  • Actividades relacionadas con la exposición a agentes biológicos del grupo 3 y 4;
  • Trabajos que  impliquen riesgo de sílice.

A finales de 2014, SIPRP solicitó la inclusión de dos nuevas actividades de alto riesgo, las cuales fueron concedidas por el Inspector General de Trabajo, bajo el nº 68.14.2.11.14:

  • Actividades que impliquen contactos con corrientes eléctricas de media y alta tensión;
  • Producción y transporte de gases comprimidos, licuados o disueltos, o la utilización significativa de los mismos.

 


 

PYME Excelencia


PME Excelência

El Estatuto PYME Excelencia fue creado por IAPMEI (Agencia para la Competitividad e Innovación) con el objetivo de señalar, a través de un instrumento de reputación, el mérito de pequeñas y medianas empresas con perfiles de rendimiento superiores, y cuenta con la colaboración de Turismo de Portugal, I.P. y de los principales bancos que operan en el mercado.

El Estatuto PYME Excelencia es parte de un programa de cualificación de empresas de IAPMEI, que tiene como objetivo dar notoriedad y optimizar las condiciones de financiación y de refuerzo competitivo al segmento de las PYME Líder, empresas con perfiles de alto riesgo, que por sus estrategias de crecimiento son importantes motores de desarrollo económico del país. 

Asociadas al estatuto hay condiciones de mayor facilidad al acceso al crédito, mejores condiciones de financiación y de adquisición de productos o servicios, facilidad en la relación con la banca y la administración pública, y un certificado de calidad en su relación con el mercado.

La selección de las PYME Excelencia se realiza anualmente a partir del universo de las PYME Líder, creando una herramienta de mayor visibilidad para el grupo de empresas que cada año se destaca por los mejores resultados.

El Estatuto PYME Excelencia fue otorgado a SIPRP en 2012.

 


 

PYME Líder

PME Líder

El Estatuto PYME Líder es un sello de reputación de empresas, creado por IAPMEI para distinguir el mérito de las PYME nacionales con un rendimiento superior, y es asignado en colaboración con Turismo de Portugal y el conjunto de Bancos Asociados, basado en las mejores calificaciones de rating e indicadores económicos financieros.

El Estatuto tiene asociado un conjunto de beneficios, como el acceso en mejores condiciones a productos financieros y a una red de servicios, la facilitación en la relación con la banca y un certificado de calidad para las empresas en su relación con el mercado.

Impulsar la eficiencia del proceso de intermediación bancaria y potenciar la expansión del mercado de capitales a empresas de mediano tamaño forman parte de los objetivos de este programa.

El Estatuto PYME Líder fue otorgado a SIPRP en  2011, 2012, 2013 y 2014.

 


 

GRACE - Grupo de Reflexión y Apoyo a la Ciudadanía Empresarial

Grace

Fundado en febrero de 2000 por un grupo de empresas interesadas en reforzar  el papel del sector empresarial en el desarrollo social, GRACE es una asociación pionera, sin ánimo de lucro  y dedicada exclusivamente a la promoción de la Responsabilidad Social Corporativa. Grace reúne a más de 100 empresas, de todos los tamaños y sectores de actividad, comprometidas en ahondar el papel de las empresas en el desarrollo social de las personas y de las organizaciones, compartiendo la misión asumida hace mucho: reflexionar, promover y desarrollar la responsabilidad social corporativa en Portugal.

SIPRP está asociada a GRACE desde diciembre de 2011 y todo el equipo ha participado en varias acciones de solidaridad:

  • Fundación AMI - Limpieza Forestal en el Parque Municipal de Cabeço de Montachique, en Loures (2012);
  • ServeTheCity – Cena Comunitaria para Personas sin Hogar (2012 y 2013);
  • Unión Zoófila - Recuperación general de almacenes (2012);
  • Centro Parroquial y Social de Porto Salvo - Pintura de las salas de la Guardería y Jardín de Infancia (2013).

 


 

Cámara de Comercio e Industria Luso-Española

La Cámara de Comercio e Industria Luso-Española fue fundada en 1970 en Lisboa, y es una organización privada sin ánimo de lucro.

A través de sus numerosas actividades contribuye a la promoción de los intercambios comerciales y económicos entre Portugal y España.

Actualmente esta Cámara cuenta con cerca de 800 empresas asociadas, entre las cuales se encuentran las principales empresas españolas arraigadas en este mercado y un gran número de empresas portuguesas que mantienen relaciones de intercambio comercial con España.

SIPRP está asociada a la CCILE desde 2004 bajo el n.º 2.631.

 


 

APSEI - Asociación Portuguesa de Seguridad

APSEI es el interlocutor institucional de las empresas de Seguridad Electrónica, Seguridad en el Trabajo y Protección contra Incendios en Portugal.

La intervención de APSEI en el mercado se ha hecho bajo la protección de los intereses legítimos de las empresas y de los profesionales de Seguridad, principalmente a través del diálogo permanente con los órganos de Poder e Instituciones públicas. 

Desde la búsqueda de las mejores soluciones para los problemas del sector, pasando por la escucha de la opinión y de los problemas específicos de los empresarios y técnicos, y terminando en múltiples servicios exclusivos, APSEI ofrece un importante valor a sus Asociados.

SIPRP es socio de APSEI desde finales de 2014, bajo el n.º 362. Integra también a NAST - Núcleo Autónomo para la Seguridad en el Trabajo.